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Isidoro Santana: el decreto sobre combustible busca controlar la evasión

Isidoro Santana: el decreto sobre combustible busca controlar la evasión

El ministro de economía explica que crea un mecanismo que permite controlar el consumo real de los beneficiarios de las exoneraciones a los hidrocarburos 

Santo Domingo. El Ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, Lic. Isidoro Santana, valoró como muy positivo para el país el Decreto 275-16 que reglamenta los impuestos al consumo de combustibles en el caso de las empresas generadoras de electricidad. Entiende que uno de los principales reclamos de la opinión pública, sobre todo del sector empresarial, cuando se habla de la necesidad de elevar la presión tributaria es que la prioridad debe ser el control de la evasión, antes de proceder a cualquier incremento de impuestos. 

“Los impuestos selectivos al consumo de combustibles son una de las principales fuentes de ingresos tributarios. Es lógico, por tanto, que se trate de fiscalizar acuciosamente su recaudación”, observó el funcionario.

La existencia de un conjunto de disposiciones legales que exoneran de esos impuestos selectivos a ciertos consumidores de combustibles crea incentivos para tratar de evadir los impuestos, desviando hacia otros usos o usuarios parte de los combustibles exonerados, explicó. 

Según la estimación de gasto tributario, contenida en el proyecto de Presupuesto General del Estado 2017, las exenciones de los impuestos selectivos a los combustibles (tanto específicos como advalorem) para el próximo año ascenderían a RD$26,005 millones de pesos, de los cuales RD$24,509 millones corresponden a generación eléctrica, y el resto a los sectores productivos de zonas francas, zona fronteriza y textil y calzado, así como a los contratistas de obras del estado y concesiones mineras. 

De ahí el interés de la administración tributaria por fortalecer la fiscalización correspondiente y asegurar que esos sacrificios fiscales vayan efectivamente a las actividades para las cuales se diseñaron. 

Es por ello que la Ley 253-12, sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, estableció que las exoneraciones a los combustibles pasarían a ser aplicadas mediante un mecanismo de devolución de los impuestos pagados, que se basa en el efectivo control del consumo realizado por los beneficiarios de tales exoneraciones. La aplicación de tal disposición legal se pospuso en aras de permitir el diseño de un mecanismo ágil y confiable.

En ese sentido, el Decreto 275-16 no hace más que eso, que es introducir mecanismos que permitan controlar el consumo real de cada uno de los beneficiarios de las exoneraciones y, determinado ese consumo real, reintegrar el impuesto selectivo pagado en un período de tiempo sumamente razonable, aclaró Santana. 

 

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